octubre 14, 2024
 Municipalidad de Temuco gana pugna legal a INDH por fiscalización a comerciante ilegal

Municipalidad de Temuco gana pugna legal a INDH por fiscalización a comerciante ilegal

Un ambulante informal acusó supuestos malos tratos de parte de inspectores municipales durante un proceso de fiscalización, aduciendo que habían vulnerado su derecho a la libertad de desplazamiento, cuestionando el uso de un elemento disuasivo.

La Corte de Apelaciones de Temuco desestimó un recurso de amparo que interpuso el Instituto Nacional de Derechos Humanos de La Araucanía a favor de una comerciante ambulante ilegal que alegó haber sido atacada con gas pimienta en medio de una fiscalización al comercio informal, en el marco del plan municipal para desplazar a los vendedores informales de las calles de la capital regional con el objetivo de recuperar los espacios públicos.

Los hechos acaecidos se remontan a la tarde del viernes 12 de abril de 2024, en la esquina de Manuel Montt con Aldunate en donde se encontraba una mujer, identificada con las iniciales C.C.L.H., comercializando diferentes productos en la vía pública. En este contexto fue fiscalizada por inspectores de la dirección de Seguridad Pública de la municipalidad de Temuco.

Sin embargo, según se aprecia en el fallo del tribunal de alzada de la región, la mujer no contaba con permiso municipal y, en el momento en que fue multada por los fiscalizadores por ejercer el comercio ilegal, la vendedora ambulante junto a un grupo de entre siete y diez desconocidos más, intentaron impedir la infracción con golpes de pies y puños y profiriendo amenazas de muerte e insultos a los funcionarios municipales, acorralando a una de las inspectoras quien para disuadir la multitud lanzó gas pimienta al aire.

En este contexto, y al analizar los argumentos de hecho y derecho, la corte rechazó el recurso justificando que a la persona que se le atribuyó el uso de gas pimienta no es funcionaria municipal, sino que legalmente pertenece a una entidad colaboradora en la función de fiscalización del municipio. En cuanto a los argumentos expuestos por el INDH de la supuesta privación del derecho a la libertad personal y seguridad individual de la comerciante, los jueces resolvieron que no se coartaron dichos derechos.

Por último, respecto al uso del gas pimienta, el tribunal sentenció que “no consta que el empleo sea una política general de algunos de los recurridos en la función fiscalizadora”.

Equipo Editor DiariodelaAraucania

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