El Congreso despachó a promulgación la ley “Paga tu pasaje”, que refuerza la fiscalización y establece nuevas sanciones para evasores reincidentes del transporte público.
La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobó y despachó a promulgación el proyecto de ley que fortalece la fiscalización y endurece las sanciones por evasión del pago de tarifas en el transporte público remunerado de pasajeros, iniciativa conocida como “Paga tu pasaje”.
La propuesta tuvo su origen en una moción del diputado Carlos Bianchi, refundida posteriormente con un mensaje del Ejecutivo ingresado durante la administración anterior. En su último trámite legislativo, la iniciativa fue aprobada por 145 votos a favor y dos abstenciones.
Uno de los cambios centrales que introduce la normativa es la creación de una tarifa recargada, mecanismo que obligará a quienes sean sorprendidos evadiendo a pagar un monto superior al pasaje normal durante la fiscalización.
El pago permitirá continuar el viaje sin ingresar al Registro de Evasores del Transporte Público.
Además, la ley presumirá evasión cuando pasajeros ingresen por puertas traseras sin autorización. En estos casos también se sancionará el uso indebido de instrumentos con beneficios tarifarios, los cuales podrán ser requisados y destruidos.
La normativa amplía las facultades de control, permitiendo fiscalizar y cursar infracciones a:
Asimismo, se autoriza el uso de sistemas de autentificación biométrica para identificar evasores.
En caso de negativa a entregar domicilio, Carabineros podrá trasladar al infractor a una unidad policial para verificar su identidad.
Otro cambio relevante establece que las multas dejarán de tramitarse en juzgados de policía local y pasarán a un sistema administrativo gestionado por la División de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes.
Quienes paguen dentro de 20 días hábiles accederán a una rebaja del 50% del monto.
La ley amplía las consecuencias de integrar el Registro de Evasores del Transporte Público.
A las sanciones existentes se suman nuevas restricciones, entre ellas:
Además, la duración de estas medidas se extenderá de tres a cinco años.
Las modificaciones realizadas por el Senado de Chile incorporan la obligación de notificación formal al infractor y establecen que la suspensión de beneficios tarifarios tendrá una duración mínima de un año y máxima de dos, según la gravedad o reiteración de la infracción.
También se ordena la elaboración anual de planes de fiscalización y se determina que los reclamos serán conocidos por el juzgado de policía local correspondiente a la comuna donde ocurra la infracción.
Finalmente, la normativa fija que el pago de las multas será de beneficio fiscal, define zonas de aplicación de la tarifa recargada y contempla una entrada en vigencia gradual.
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