La liberación del ex agente de la DINA César Manríquez, condenado por secuestros y desapariciones forzadas durante la dictadura, provocó un amplio rechazo de organizaciones políticas y de derechos humanos, que acusaron una señal de impunidad tras el fallo dividido de la Corte Suprema.
Organizaciones políticas, sociales y de derechos humanos manifestaron su rechazo a la decisión de la Corte Suprema de Chile de otorgar la libertad al exagente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), César Manríquez, condenado por graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar.
La resolución fue adoptada esta semana por la Segunda Sala del máximo tribunal mediante un fallo dividido, el cual determinó la liberación del exrepresor, actualmente de 95 años, argumentando una presunta enajenación mental que impediría el cumplimiento efectivo de su condena.
Manríquez fue uno de los altos mandos del aparato represivo encabezado por el general Augusto Pinochet, siendo responsabilizado judicialmente por el secuestro calificado de 16 víctimas en el marco de la denominada Operación Colombo, montaje comunicacional ejecutado en 1975 para encubrir desapariciones forzadas de opositores políticos.
Además, distintos procesos judiciales lo vinculan a casos de desaparición forzada, torturas y homicidios ocurridos en centros clandestinos de detención administrados por la DINA.
Desde el Partido Socialista de Chile calificaron la decisión judicial como “especialmente grave”, cuestionando que el fallo se adoptara sin alegatos en sala ni la participación directa de las partes querellantes, víctimas o familiares.
La colectividad sostuvo que la medida “debilita la confianza ciudadana en la justicia” y proyecta una señal de impunidad frente a delitos considerados imprescriptibles por el derecho internacional.
Abogados querellantes también expresaron reparos respecto a los informes psiquiátricos utilizados para sustentar la resolución, señalando que —a su juicio— no cumplirían estándares internacionales exigidos para acreditar enajenación mental en personas condenadas por crímenes de lesa humanidad.
“Las víctimas y sus familias merecen justicia, no privilegios para quienes cometieron crímenes de esta gravedad”, señalaron en declaraciones públicas.
La Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP) advirtió que la decisión podría abrir la puerta a solicitudes similares por parte de otros condenados, mencionando los casos de Héctor Osses y Jorge Mandiola, también vinculados a violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.
A la controversia se sumó una instrucción atribuida a la jefatura del Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, que —según denunciaron funcionarios— habría ordenado a abogados querellantes abstenerse de apelar resoluciones judiciales favorables a condenados por razones médicas o de salud mental.
La Asociación de Funcionarios del Programa de Derechos Humanos calificó la directriz como “ilegal y arbitraria”, advirtiendo que podría configurarse un sistema de “indultos pasivos” para responsables de crímenes de lesa humanidad.
El fallo reactivó el debate público sobre la ejecución de condenas en casos de violaciones a los derechos humanos y el equilibrio entre criterios humanitarios y obligaciones internacionales del Estado chileno en materia de verdad, justicia y reparación.
Organizaciones sociales señalaron que decisiones de este tipo impactan directamente en la memoria histórica del país y en la percepción de justicia para las víctimas de la represión política.
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